COMUNICACIONES CONSULARES

 

Con la finalidad de preservar las inmunidades diplomáticas y consulares contenidas en los artículos 22, 24, 29, 30 y 31 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, toda comunicación o diligencia formal para solicitar información y colaboración a las misiones diplomáticas y consulares acreditadas en territorio nacional, debe ser realizada a través de la Fiscalía Superior de Asuntos Internacionales de la Procuraduría General de la Nación, quien la trasladará a través del conducto diplomático, a efectos que no sean afectados los compromisos internacionales contraídos por la República de Panamá, en particular, lo establecido en el Decreto de Gabinete N. 280 de 13 de agosto de 1970.

 

 

Titulo Archivo
Memorando PGN-SG-192-2021 de 9 de abril de 2021
Memorando PGN-SG-193-2021 de 9 de abril de 2021
Decreto de Gabinete N. 280 de 13 de agosto de 1970.