Por el delito contra el orden económico (delito financiero), en su modalidad de remesas de dinero sin la debida licencia, fue condenado el ciudadano Francisco Rivera Munizaga a 48 meses de prisión.
La fiscal Linda Mitchell González, de la Sección de Decisión y Litigación Temprana, estuvo en representación del Ministerio Público, y presentó la legalización de la aprehensión, formulación de imputación de cargos y validación del acuerdo de pena. Además de los controles de operación encubierta, incautación y correspondencia, control extracción de datos, operación vigilancia y seguimiento; todas admitidas por el Juez de Garantías.
Los hechos ocurrieron entre enero y diciembre de 2020, cuando el señor Rivera Munizaga, en asocio con otras personas aún por identificar, realizó de manera comercial el servicio de transferencia de dinero, a través de sistemas de transferencias y/o trasmisión de fondos sin la debida licencia para ello, desde la República de Panamá, hacia diversos países.
Cabe destacar que esta es la primera imputación y condena que se realiza por este tipo de delito, que se encuentra en el Código Penal en el artículo 253-A que señala que: “quien realice el servicio de transferencia de dinero a través de sistemas de transferencias, transmisión de fondos, compensación de fondos o por cualquier otro medio sin estar autorizado por autoridad competente será sancionado con prisión”.