El Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial de la provincia de Chiriquí, reformó una sentencia por el delito de Pandillerismo que había sido aplicada a varias personas de la pandilla “Divino Niño”, luego que el Fiscal Superior Especializado en Delitos de Asociación Ilícita, Nahaniel Murgas, sustentara un recurso de apelación contra la Sentencia N°2 de 10 de enero de 2017 proferida por el Juzgado Liquidador.
El fallo del Juzgado liquidador de causas penales del circuito de Chiriquí, había ordenado la condena de Ronald Orlando Rodríguez González, José Enrique Rivera Araúz, Pedro Boniche González, José Andrés Castro, Ameth Abdiel Sanabria Medina, a la pena de 40 meses de prisión y a Elvis Axel Víquez a la pena de 48 meses de prisión por el delito de Pandillerismo.
Tras la apelación de la Fiscalía, el Tribunal Superior reformó la Sentencia del 10 de enero y aumentó a la pena a 120 meses la pena de prisión a todos estos imputados, como autores del delito de Pandillerismo.
Además, declaró culpables como autores del delito de pandillerismo a ocho personas que fueron absueltas en primera instancia por el Juzgado Liquidador.
En ese fallo de primera instancia del Juzgado habían sido absueltos: Odilio Mendoza Gatián, Guillermo Horacio González Samundio, Anfernee Manuel Alejandro Reyes, Jospeh Anthony Rovira, Eduardys Clemente Ríos Quintero, Carlos Alberto Lezcano, Jose Camilo Rivera Araúz y Randy Luis Arosemena Villarreal, de los cargos de pandillerismo por los cuales habían sido llamados a juicio.
El fiscal Murgas manifestó en su sustentación la discrepancia en torno a esta sentencia, indicando que existían los elementos jurídicos y probatorios que evidenciaban la vinculación de los encausados, dejando claro que no estaba de acuerdo con la pena aplicada, porque los encausados pertenecen a la pandilla “Divino Niño” de Chiriquí.
Sustentó el fiscal en su escrito de apelación, que existen pruebas de la identificación de los integrantes de la pandilla, diligencias de inspección ocular, informes policiales, inspecciones a redes sociales que dan cuenta del vínculo que existe entre ellos y los tatuajes que tienen cada uno de los procesados, así como la declaración de testigos protegidos.
Murgas argumentó que esta pandilla se dedica a delitos contra la seguridad colectiva, posesión y tráfico de armas y explosivos y venta de drogas, hechos por los cuales el Tribunal acogió su solicitud y se modificó la Sentencia con la firma de los magistrados Carlos Humberto Cuestas, Carmen Luz De Gracia y Asunción Castillo.
Y. Rivera.