El Ministerio Público, luego que la Sección de Asistencia a Juicio de la Fiscalía Metropolitana realizara el desahogo probatorio ante el Tribunal de Juicio, se profirió un fallo mixto de culpabilidad por el delito de Violencia Psicológica y se dio con la condena de un ciudadano por 80 meses de prisión, en perjuicio de su expareja.
Además, se le impuso como pena accesoria la inhabilitación para ejercer funciones públicas, por el término de 6 meses, una vez cumplida la pena principal.
Sin embargo, al sentenciado se le declaró no culpable por el delito de Lesiones Personales Agravadas, decisión donde el Ministerio Público formalizará Recurso de Anulación de sentencia en el término establecido por Ley, toda vez, que el Tribunal de Juicio no tomó en cuenta la infracción del enjuiciado sobre el segundo párrafo del artículo 137 del Código Penal, que tiene que ver específicamente sobre “Violencia contra la Mujer”.
Este hecho ocurrió el 4 de noviembre de 2018, en el corregimiento de El Chorrillo, cuando el sentenciado agredió verbal y físicamente a la víctima, ocasionándoles heridas, y además, el sentenciado desde finales del 2014, constantemente la buscaba y la amenazaba para que estuviera con él por obligación.