El peritaje de Balística realizado al arma encontrada en posesión de una persona investigada confirmó que la serie corresponde a la que fue robada tras un asalto y homicidio perpetrado el pasado 10 de febrero, la cual fue despojada de manera violenta a un agente de seguridad del Banco General, Sucursal de Chanis, en el corregimiento de Parque Lefevre.
El pasado 18 de febrero se realizó la audiencia contra un hombre que fue aprehendido por el delito Contra la Seguridad Colectiva (Posesión y Tráfico de armas y explosivos) donde se logró la legalización de la aprehensión, imputación e imposición de la medida cautelar de detención provisional, que fue sustentada por Adyanis Valdés, Fiscal de Circuito de la Fiscalía de Decisión y Litigación Temprana de Panamá, sede Metropolitana del Ministerio Público.
Al realizarse la audiencia el abogado, defensor particular del investigado, apeló la medida cautelar de detención provisional y se fijó como fecha de Audiencia de Apelación, el día 22 de febrero de 2017 a las 2:30 p.m.
La persona imputada en este hecho, fue capturada por unidades de la Policía en calle 17, corregimiento de Río Abajo el pasado 16 de febrero dentro de una casa color crema, cuando fue encontrado en posesión del arma de fuego.
La Fiscalía de Decisión y Litigación Temprana de Panamá, solicitó la Medida Cautelar contemplada en el artículo 224 numeral 10 del Código de Procedimiento Penal, es decir, de Detención Provisional, en la que se tomó en consideración que se trata de una medida cautelar, contemplada en nuestra norma y no de una pena anticipada, como lo señala el artículo 12 del Código Procesal Penal.
De igual modo, se explicaron los requisitos contemplados en el artículo 222 del Código Procesal Penal y lo señalado en el artículo 227 numeral 3 del Código Procesal Penal. Se hizo alusión, a lo establecido en el artículo 237 del Código Procesal Penal, toda vez que se trata de una pena que supera los 4 años de prisión.