Este martes, tras la solicitud realizada por el Ministerio Público a través de la Sección de Cumplimiento a cargo de la Fiscal Minoshka Machado, un Juez de Cumplimiento accedió a revocar la medida sustitutiva de trabajo comunitario, concedida a favor de Jaime Alberto Torres Lucero de 21 años.
A dicho ciudadano se le había impuesto la Sentencia N° 41 del 18 de abril del 2016, que establecía una condena de 54 meses de prisión por el delito de posesión y tráfico de armas y explosivos, misma que fue sustituida, por un trabajo comunitario en un centro médico público, ubicado en el corregimiento de Las Lomas.
En este caso particularmente, dicho ciudadano sólo cumplió seis meses de la pena impuesta y luego de ello se evadió por lo cual a través del despacho se hicieron las coordinaciones con los brazos auxiliares a fin de ubicarlo y ponerlo a disposición de las autoridades.
Es por ello que el 19 de marzo, es aprehendido en la provincia de Panamá y trasladado hasta la provincia de Chiriquí, y este 21 de marzo, en una audiencia se revocó el beneficio de trabajo comunitario, y se ordenó el cumplimiento íntegro de la pena en la cárcel pública de David.
Las penas sustitutivas con trabajo comunitario establecen el cumplimiento de las sanciones impuestas a las personas condenadas a ofrecer sus servicios, en instituciones públicas, fijadas por un Juez, a fin de que se reintegren positivamente a la sociedad; ante el incumpliendo, el Ministerio Público, tiene la potestad de solicitar su suspensión y exigir el cumplimiento de la sanción en un centro penitenciario.
La sección de cumplimiento de Chiriquí, establecida en el Tercer Distrito Judicial el 16 de mayo del 2016, a la fecha ha solicitado el ingresó de 20 sancionados a la cárcel pública de David, puesto que no cumplieron con el beneficio de trabajo comunitario del cual gozaban.
B. Caballero