80 meses de prisión y 6 años de inhabilitación para ejercer funciones públicas deberá cumplir una persona condenada por el delito de violencia doméstica y lesiones personales a solicitud del Ministerio Público.
Esto luego que, un Tribunal de Apelaciones del Cuarto Distrito Judicial de Panamá revocara la decisión otorgada por el Juez de Cumplimiento, quien en principio admitió la petición de la defensa pública de libertad vigilada para su representado, donde la Fiscalía apeló esta decisión la cual fue concedida.
El Tribunal consideró en concordancia con el Ministerio Público, que a pesar de que se cumplen con los artículos 103 y 104 del Código Penal, para una libertad vigilada, tiene mayor peso las condiciones del hecho y los resultados del mismo, ya que las víctimas quedaron con señal visible y permanente en sus rostros.
Este hecho se dio para el 15 de agosto de 2015, en Santa Ana de Los Santos, cuando en la casa de la víctima, su pareja le lanza una piedra y le comenzó a golpear con una botella en su rostro, en eso salió la hija de la víctima a ayudarla y también recibió cortadas en su cara, todo porque el agresor quería seguir libando licor.
L. Sánchez.