Un hombre, condenado a 48 meses de prisión, cuya pena había sido convertida en días multa, irá a prisión luego que la Sección de Cumplimiento de la Fiscalía Regional de Los Santos lograra en audiencia de apelación que se revocara el beneficio para el sentenciado por delito contra la libertad e integridad sexual en la modalidad de actos libidinosos, contemplado en el artículo 117 numeral 2 del Código Penal.
La Fiscalía argumentó en la audiencia ante el Tribunal Superior de Apelaciones que, de acuerdo al delito, se debía tomar en cuenta las circunstancias del hecho, la gravedad del delito, el cual se cometió en perjuicio de una menor de edad; además, de considerar que el sentenciado se mantenía como pastor de una Iglesia y que el mismo utilizaba tanto su vehículo como en el templo donde predicaba para cometer el delito.
Los Magistrados, luego de la ponencia de la parte afectada y del Fiscal, revocó de manera unánime la medida otorgada en su momento por un juez de cumplimiento, dictando cumplir la condena en un centro carcelario.