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Revocan cumplimiento de prisión domiciliaria concedida por principio de humanidad
abril 29, 2026

La Procuraduría General de la Nación a través de su Sección de Cumplimiento de la Fiscalía Regional de San Miguelito consiguió que el Tribunal Superior de Apelaciones fallara a su favor, revocando la pena sustitutiva de prisión domiciliaria, concedida bajo principio de “humanidad” a un ciudadano que fue sancionado a la pena de 18 años de prisión, por el delito de robo agravado y lesiones personales.

Al sentenciado se le concedió dicho beneficio, luego que se quejara de problemas con la vista y a pesar de no tener un criterio concluyente el examen forense, para el mes de julio de 2025, se le concedió la prisión domiciliaria que apelada por Ministerio Público fue confirmada por parte del Tribunal Superior, colocándosele brazalete electrónico para ser localizado y así poder verificar el cumplimiento de su restricción domiciliaria; teniendo autorización solo para acudir al hospital o a los juzgados de cumplimiento.

Sin embargo, el sancionado violó su restricción en varias ocasiones, sin justificación alguna, alejándose a destinos distintos, sin avisar sobre situaciones de urgencias que explicaran su movilización, lo que fue comprobado por el seguimiento de la señal del brazalete, que quedó consignado en los informes que fueron aducidos por la Sección de Cumplimiento.

En el mes de noviembre de 2025, el Ministerio Público puso en conocimiento durante la audiencia de control sobre estas violaciones al perímetro por parte del sancionado, por lo que fueron endurecidas las restricciones; sin embargo, posteriormente fueron registradas al menos 12 ocasiones en que el sentenciado acudió a canchas de deportes y otros lugares ajenos a entidades médicas, sin solicitar permiso, ni comunicar destino, sin presentar ni anunciar excepción por intervención o cita médica, lo que motivó la solicitud de apelación por parte de la Fiscalía, que negada en primera instancia logra que el Tribunal Superior de Apelación revocara la decisión y ordenara el ingreso inmediato del sentenciado a un centro penitenciario para el cumplimiento de la condena.

La Procuraduría General de la Nación reitera su compromiso para ejercer la acción penal ante los Tribunales de Justicia en los casos que corresponda, como lo establece la Constitución y la Ley.