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Plan Estratégico Institucional 2025/2034

Iniciamos la presentación del
Plan Estratégico Institucional 2025/2034
Representantes de la Comisión de Carrera de la Procuraduría General de la Nación electos
noviembre 21, 2017

En el marco de la Implementación del Sistema de Carrera del Ministerio Público, la Dirección de Recursos Humanos, realizó acciones concretas para su desarrollo; en concordancia con las directrices del plan de modernización de la institución que ha establecido la Procuradora General de la Nación, Kenia I. Porcell D., encaminando sus esfuerzos hacia el fortalecimiento y la innovación en la administración del recurso humano.

Del 16 al 27 de octubre de 2017, se realizó la Convocatoria a los Fiscales Superiores, Fiscales de Circuito, Personeros y servidores del área administrativa, para elegir a los representantes de la Comisión de Carrera de la Procuraduría General de la Nación, entre sus pares.

El día viernes 17 de noviembre de 2017, a través de votaciones electrónicas, se eligieron a los representantes por los Fiscales Superiores, Fiscales de Circuito, Personeros Municipales y por los servidores del área administrativa, con sus respectivos suplentes; quienes, además de la Procuradora General de la Nación o la persona que asigne y la Directora de Recursos Humanos, conformarán la Comisión de Carrera de la Procuraduría General de la Nación.

Representante de la Comisión de Carrera por los Fiscales Superiores:
EMELDO MÁRQUEZ – Principal GLADYS MORÁN – Suplente

Representante de la Comisión de Carrera por los Fiscales de Circuito:
ELVIS CEDEÑO – Principal CESAR PEREIRA – Suplente

Representante de la Comisión de Carrera por los Personeros Municipales:
IRVING GONZÁLEZ – Principal GISELLE ACOSTA – Suplente

Representante de la Comisión de Carrera por los Servidores del Área Administrativa:
DYHANN COMBES – Principal EDWIN GUILLEN – Suplente

En este sentido, la institución da un nuevo paso al establecimiento del Sistema de méritos; la Ley No. 1 de 6 de enero de 2009, que instituye la Carrera del Ministerio Público, señala que los servidores amparados por la Ley de Carrera del Ministerio Público que accedan a los cargos mediante el cumplimiento de las exigencias establecidas en la propia Ley tienen estabilidad laboral y, en consecuencia, no podrán ser trasladados, suspendidos, ni destituidos, sino de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley para tales fines.