La Procuraduría General de la Nación, logró que el Tribunal Superior de Apelaciones, acogiera el Recurso de Anulación propuesto por la Sección de Juicio Oral, procediendo a reformar la Sentencia No. 42/TJ-J de 27 de enero de 2023, en lo referente a la pena principal que se impuso de 160 meses y en su defecto, se condena al acusado a 192 meses de prisión, confirmando todo lo demás de la sentencia de primera instancia, por los delitos de violación agravada y actos libidinosos.
En tiempo oportuno se presentó la sustentación de oposición a un recurso de anulación instaurado por la defensa técnica del señor James Guaseruca Zarco, mediante el cual se le condenó a 160 meses de prisión, y como pena accesoria la inhabilitación para ejercer funciones en centros, parques, parvularios, centros deportivos o cualquier otro donde se agrupen personas menores de edad para que practiquen actividades para su desarrollo integral, por el término de 5 años, una vez cumplida la pena principal.
En audiencia de argumentación, realizada el 27 de marzo de 2023, la fiscal Griselda Aguilar Chavarría, participó ante el Tribunal Superior de Apelaciones, una vez escuchadas las argumentaciones de las partes y la revisión de los recursos de anulación formalizados, procede de manera unánime a dictar sentencia mediante la cual proceden, en primera instancia, a rechazar el recurso de anulación interpuesto por la defensa técnica del sentenciado, al considerar que la valoración probatoria realizada, se hizo de manera conjunta y armónica de toda la prueba evacuada en juicio, lográndose así acreditar la responsabilidad del acusado.
Estos hechos se suscitaron en diciembre de 2018, en una residencia ubicada en Kuna Nega, cuando el sentenciado tocó el cuerpo y partes íntimas de una menor de edad. Posteriormente en otro momento, procedió a abusar sexualmente de ella.