Notifican sentencia en firme de 120 meses de prisión para dos personas por estafa agravada en contrato de minera
agosto 31, 2023
La Procuraduría General de la Nación, a través de la Sección de Descarga de la Fiscalía Metropolitana, fue notificada del rechazo de un recurso de casación penal por parte de la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, y se da la condena en firme de los ciudadanos Richard Fifer y Kenneth William Morgan, a 120 meses de prisión por delito contra el patrimonio económico en la modalidad de estafa agravada.
Esto luego de una investigación por un contrato suscrito el 7 de mayo de 2005, entre una sociedad inversionista de capital canadiense y los directivos de una compañía minera, representada por los sentenciados, basado en la compra por parte de una empresa del 2% de las acciones emitidas en circulación de Petaquilla Mineral, Ltd., las cuales recibirían a cambio las concesiones de Río Belencillo zona 1 y 2 y Río Petaquilla zona 1, 2 y 3; sin embargo, dichas concesiones jamás fueron entregadas, ya que no se adjudicaron, haciendo la compañía inversionista el pago de más de 100 mil balboas por dicho acuerdo, el cual no se cumplió y demostrándose por parte de la Fiscalía la existencia del dolo y responsabilidad de los procesados en primera instancia se emitió.
La sentencia, que igualmente fue recurrida por los defensores de los mismos formalizando ambos recursos de casación ante la Sala Penal, se da mediante resolución de 1 de agosto de 2023, en la que los honorables Magistrados de la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema no admitieron dichos recursos de casación penal.
De igual manera, mediante sentencia de 2 instancia 03 del 12 de enero de 2023, los Magistrados del Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales del Primer Distrito Judicial de Panamá, luego de analizados los criterios esbozados por los defensores de los encartados confirmaron ambas sentencias de primera instancia, al considerar que desde un inicio existían los elementos probatorios que determinaban fehacientemente la responsabilidad de los dos procesados.

Quizás también le interese leer