A solicitud de la Fiscalía Regional de San Miguelito el Tribunal Superior de Apelaciones negó el beneficio de libertad vigilada para el ciudadano Frank Pascual Luzer Pardo, luego de acreditar que el sentenciado no cumple con el numeral 4 del artículo 104 del Código Penal de Panamá, que rige sobre los niveles de resocialización.
La audiencia de apelaciones fue solicitada por el abogado defensor del sentenciado luego que en la audiencia de cumplimiento realizada el 28 de septiembre del 2020, el Ministerio Público, representado por el fiscal de la Sección de Cumplimiento, Noel Rodriguez, alegara su oposición a la solicitud de libertad vigilada ante al Tribunal de Cumplimiento, en base a que mantiene en el cumplimiento sentencias por dos evasiones.
Luzer Pardo cumple condena de 20 años de prisión por el delito de homicidio doloso agravado en perjuicio de la joven Oristela Batista Barba, ocurrido en el distrito de Las Tablas, provincia de Los Santos el 8 de diciembre de 1995.
I. Del Vecchio.