Un recurso de casación formalizado no fue admitido en un proceso de violación agravada, manteniéndose la Sentencia No. 19/TJ-J de 14 de septiembre de 2017, que dicta la pena de 11 años de cárcel para el agresor Luis Rodolfo Goot Mendoza en perjuicio de una menor de edad.
La condena fue lograda por la Sección de Asistencia a Juicio de la Fiscalía Regional Metropolitana del Ministerio Público, luego que la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante Sentencia No. 19/TJ-J del 14 de septiembre del 2017 decretara la culpabilidad y sanción emitida por el Tribunal de Juicio de la Provincia de Panamá.
La Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, no admitió el recurso de casación formalizado por la defensa de Goot Mendoza basado en que el recurrente del recurso omitió la sugerencia de la Sala, e insistió en cuestionar la labor de apreciación de la prueba efectuada por el Tribunal de Juicio.
Se indica que el recurrente del recurso de Casación adujo la vulneración de una norma del Código Judicial, el cual no es aplicable en procesos penales adelantados bajo el Sistema Penal Acusatorio, por lo que fue inadmitido el medio de impugnación presentado.
La decisión de la Sala Penal de la Corte se fundamentó en los artículos 186 y 187 del Código Procesal Penal.
F. Rodríguez.