El Ministerio Público representado por el Fiscal Primero Superior de Delitos Relacionados con Drogas, Markel Mora presentó una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 259 del Texto Unico del Código Electoral, no obstante la acción no es contra todo el texto, sino única y exclusivamente de la palabra “ investigado”.
El Ministerio Público consciente de su rol constitucional y legal asegurando ese principio de estabilidad institucional como lo es, el correcto funcionamiento de las instituciones jurídicas y el normal cumplimiento de las leyes procedió a presentar esta acción de inconstitucionalidad, ya que la palabra “investigado” riñe específicamente con la funciones constitucionales que tiene el Ministerio Público en lo que ha materia de persecución del delito se refiere, debemos recordar que el Artículo 220 numeral 4 de la Constitución Nacional preserva para el Ministerio Público esa facultad de perseguir los delitos.
Impide la palabra “investigados” la correcta persecución del delito ante las actividades criminales creando una posible impunidad.
Son atribuciones del Ministerio Público señaladas en el Artículo 220 de la Constitución Nacional defender los intereses del Estado, promover el cumplimiento de las leyes y vigilar la conducta oficial de los funcionarios públicos y cuidar que todos desempeñen sus deberes.
La palabra atacada de inconstitucional ha infringido el Artículo 220 de la Constitución Política, en su numeral 4 de modo directo por omisión, toda vez que se incumple cercenando el deber jurídico del Estado de investigar a través del Ministerio Público el delito, ya que, no puede ser simple formalidad condenada de antemano a ser infructuosa, cuando se eleva a garantía procesal el que un funcionario de elección popular o los actores del proceso electoral tengan una prerrogativa que impida el ejercicio de la persecución penal.
En un sistema de justicia penal ecuánime y eficaz, uno de los elementos inseparables es la facultad de la persecución de los delitos, lo que fomenta la confianza en la sociedad en general y alienta a todos a respetar el orden público.
Luego de presentada esta demanda de inconstitucionalidad pasa al proceso de admisión en la Corte Suprema de Justicia donde se analizará si es procedente o no la acción presentada por el Ministerio Público.
Y. Rivera.