Los ciudadanos Erick Creswell Hinestroza y Néstor Alcides Yangüés Aguilar, fueron condenados a 80 y 64 meses de prisión respectivamente, por el delito de posesión ilícita de arma de fuego, y como pena accesoria para ambos, la prohibición de portar arma de fuego por el mismo periodo de la pena principal, luego de cumplida la misma.
En representación del Ministerio Público estuvo la fiscal Alejandra Ramírez, de la Sección de Decisión y Litigación Temprana, quien presentó la legalización de la aprehensión, formulación de imputación de cargos y validación de acuerdo de pena, ante el Juzgado de Garantías, las cuales fueron admitidas.
El hecho ocurrió el 2 de octubre de 2020, aproximadamente a las 9:30 a.m., en el sector de San Miguel, corregimiento de Calidonia, cuando unidades de la Policía Nacional realizaban un recorrido por el lugar y observaron a los señores Creswell y Yangüés en actitud sospechosa, al abordarlos se les encontró al primero en posesión de un arma de fuego tipo pistola, calibre 380, que se encontraba en una cangurera que mantenía en su pecho y el otro tenía un arma tipo pistola, calibre 7.62, marca no visible.
Ambas personas no tenían permisos para portar las armas según nota de la Dirección Institucional de Asuntos de Seguridad Pública (Diasp) y que además se indica que son idóneas para disparar, según informe de Balística Forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Imelcf).
D. Lemos.