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Defensa solicitó medida alterna de resolución de conflictos por caso de lesiones personales en Chiriquí
abril 04, 2018

El Ministerio Público en la provincia de Chiriquí da a conocer que mantiene un proceso de suspensión condicional de una causa por el delito contra la vida e integridad personal, en la modalidad de lesiones personales, en contra de un ciudadano de 27 años tras la solicitud realizada por la defensa para la aplicación de una medida alterna de resolución de conflictos.

Los hechos investigados se dieron para el mes marzo del 2017, cuando de oficio se inició la investigación tras haberse dado un incidente, en donde una persona de 38 años resultó con heridas en sus piernas tras ser agredido con un arma blanca.

De acuerdo a las investigaciones esto se suscitó luego de que la persona ofendida ingresara a un terreno baldío, en donde se mantenía un cultivo de productos, lo cual llevó a que el presunto dueño de la siembra reaccionara agrediéndolo con un machete.

Esto le provocó graves heridas en sus piernas y la incapacidad por 90 días. Y finalmente el informe médico determinó secuelas funcionales con limitación para la marcha en ambas extremidades inferiores.

En su momento y luego de hacer las investigaciones el Ministerio Público a través de la Sección de Decisión y Litigación Temprana, realizó audiencia de control en donde se solicitó la legalización de la aprehensión, la imputación de los cargos por el delito antes señalado y la aplicación de una medida cautelar.

Concurrido el tiempo y luego de haberse dado la acusación por parte del Ministerio Público ante un Juez de Garantías, la defensa del agresor, para el mes de enero solicitó la suspensión condicional del proceso y en su efecto la aplicación de una medida alterna de resolución del conflicto, a lo cual el Ministerio Público, no se opuso toda vez que el sistema así lo permite siempre y cuando las partes se muestren de acuerdo.

Es así como se impuso por el Juez de Garantías a petición de la defensa una suspensión condicional del proceso, se estipuló un resarcimiento a la víctima para hacerse efectivo en un plazo de tres años, lo cual debería realizarse los días 10 y 25 de cada mes a partir del 4 de enero del 2018 e igualmente se dispuso el alejamiento de la persona ofendida.

B. Caballero.

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