La Sección de Delitos contra la Seguridad Colectiva de la Fiscalía Metropolitana en distintas audiencias de garantías logró que se condenara a tres personas con penas de 68. 64 y 62 meses de prisión por la comisión del delito de posesión ilícita de arma de fuego.
El primero de los casos se condenó al señor José Antonio Murillo, a 68 meses de prisión por el delito de posesión ilícita de arma de fuego luego que el Fiscal de la causa, Emilio Santander, presentara el acuerdo de pena que fue validado por la juez de garantías, Teodolinda Cardoze, declarando penalmente responsable al señor antes mencionado.
El hecho ocurrió el 6 de agosto de 2023, aproximadamente a las 9:15 de la noche, en El Porvenir, corregimiento de Pedregal, donde el sentenciado conducía un vehículo, de su propiedad y en su interior, en el puesto del conductor poseía un arma de fuego, tipo pistola, calibre 9mm con un proveedor y siete 7 municiones sin detonar.
El arma de fuego, fue examinada por un perito de balística del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses IMELCF y estableció que es idónea para efectuar disparos y compatible con el proveedor y las municiones, para la cual no mantenía permiso ni autorización legal para su porte o tenencia según certificación emitida por la Dirección Institucional en Asuntos de Seguridad Pública, (DIASP).
En tanto Luis Antonio Ortega González, fue condenado por el delito de posesión ilícita de arma de fuego a 64 meses de prisión, mediante acuerdo de pena mismo que fue validado por la juez de garantías Marisol Ortíz.
El hecho ocurrió el 6 de agosto de 2023, en Nueva Libia, vereda Los Huevos, corregimiento de Ernesto Córdoba Campos, donde el sentenciado poseía un arma de fuego tipo pistola, calibre 9mm, modelo y serie no visible, un proveedor con 11 municiones calibre .380, idónea para efectuar disparos y compatible con el proveedor, para la cual no mantenía permiso ni autorización legal para su porte o tenencia.
La tercera causa presentada también por el fiscal Emilio Santander, se validó el acuerdo de pena a 62 meses de prisión para el señor Ramón Alejandro Brock Mahon. Por la comisión del mismo delito, cometido el 6 de agosto del año en curso.
La juez Teodolinda Cardoze a solicitud de la Fiscalía validó el acurdo de pena y declaró penalmente responsable al señor Brock Mahon.
El hecho se registró durante una persecución que inició en Vía España, frente calle 11 ½ Rio Abajo, Plaza Lefevre 75 y culminó en la 12 de Octubre, entrada de La Sabana, corregimiento de Pueblo Nuevo, en el vehículo color gris, poseía un arma de fuego tipo pistola calibre 9mm, con un proveedor y tres municiones sin detonar, idónea para efectuar disparos y compatible con el proveedor y las municiones, para la cual no mantenían permiso ni autorización legal para su porte o tenencia, según una certificación emitida por la DIASP.