Los ciudadanos Luz Tamayo Alzate de nacionalidad colombiana y Reynier Llano Hernández de origen cubano, fueron condenados a 16 meses de prisión, por el delito contra la Fe Pública, en su modalidad de Falsedad, en distintas audiencias de solicitudes múltiples realizada por la Sección de Delitos contra la Fe Pública.
A Tamayo se le conmutó a días multa, donde deberá hacer el pago de 600 balboas así como el comiso del excedente no declarado de B/. 41,510.00, mientras que a Llano Hernández se le 100 balboas días multa, y al comiso de B/. 15,003.00; además, se les ordenó la deportación inmediata a su país de origen. A ambos se les impuso el impedimento de entrada a la República de Panamá de manera permanente, una vez hayan cumplido la pena principal.
En representación del Ministerio Público, estuvo las fiscales Isaura Mejía y Ariany Martínez, quienes argumentaron los riesgos procesales y todos los elementos de conocimiento allegados a la investigación, y también logró la legalización de la aprehensión, formulación de imputación de cargo y la admisión de la condena, ante los jueces de garantías, Francisco Carpintero y Julieta Ábrego.
El primer hecho ocurrió el 8 de junio de 2022, cuando Luz Tamayo al arribar a suelo panameño omitió declarar la suma en efectivo que traía consigo y en segunda revisión se constató que en un doble fondo de la maleta tenía la suma de B/. 51,510.00 en efectivo.
Mientras que el segundo caso sucedió el 9 de junio de 2022, Reynier Llano al llegar al país no declaró la suma en efectivo que traía consigo y en segunda revisión se constató que mantenía la suma de B/. 25,003.00 en efectivo.