La Sección Segunda de Delitos contra el Patrimonio, representada por el fiscal Emilio Santander, logró sentencias condenatorias para cuatro personas de 64, 66, 68 y 90 meses de prisión por la comisión del delito de posesión ilícita de arma de fuego.
La sentencia N° 332 del 12 de febrero de 2023, a 90 meses de prisión fue impuesta para el señor César Enrique Ortega Abrego, por el delito de posesión ilícita de arma de fuego y como pena accesoria la prohibición de portar armas de fuego por cinco años una vez cumplida la pena principal.
El señor en mención hizo una detonación con un arma de fuego y al momento de su captura mantenía en sus manos una pistola calibre 9mm, con serie limada con un proveedor y cinco municiones 9mm, sin detonar.
En otro caso, luego de sustentar los elementos de convicción con que cuenta la investigación, el fiscal Santander logró que se condenara mediante acuerdo de pena al señor Álvaro Manuel Bailarín Rojas a la pena de 68 meses de prisión, mediante sentencia N° 331 y como pena accesoria la prohibición de portar armas de fuego por cinco años una vez cumplida la pena principal.
El señor Bailarín Rojas fue aprehendido en el corregimiento de Ancón, luego que este lanzara un arma de fuego tipo pistola con un proveedor y 8 municiones sin detonar, que fue analizada por balística forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses IMELCF, y resultó ser idónea para efectuar disparos.
También, en horas de la madrugada del 7 de febrero de 2023, en el corregimiento de Pedregal fue aprehendido el ciudadano Jean Michael Espinoza Fernández, luego que este mantuviera en su poder un arma de fuego 9mm, con su proveedor, por lo que fue llevado ante el Juez de Garantías y fue condenado a 66 meses de prisión por el delito de posesión ilícita de arma de fuego, mediante sentencia N°301, y como pena accesoria prohibición de portar armas de fuego por cinco años, una vez cumplida la pena principal.
De igual manera se condenó mediante sentencia N° 330 a 64 meses de prisión por el mismo delito al señor Miguel Alfonso Bermúdez Murillo, luego de su aprehensión en el corregimiento Ernesto Córdoba Campos, mediante diligencia de allanamiento y registro debidamente autorizada, sorprendieron a Bermúdez Murillo, en posesión de un arma de fuego tipo pistola calibre .380 con un proveedor y siete municiones. Se ordenó como pena accesoria cinco años de prohibición de portar armas de fuego una vez cumplida la pena principal.
En las distintas audiencias se legalizaron las aprehensiones, se formularon los cargos y se validaron los acuerdos de pena.