El Ministerio Público a través de la Sección de Homicidio/ Femicidio de Colón y Guna Yala logró la condena de 30 años de prisión contra Héctor Manuel Bonilla Baruco, y como pena accesoria la prohibición de portar armas de fuego por el término de cinco años, una vez cumplida la pena principal, por el delito de homicidio agravado en perjuicio de Efraín Meza Bula (Q.E.P.D.) y Luis Carlos Hernández (Q.E.P.D.).
La audiencia de lectura de la sentencia por este caso fue realizada el pasado 24 de abril de 2018, donde el Ministerio Público estuvo representado por la Fiscal Tatiana Aguilar, de la Sección de Homicidios/ Femicidios de Colón y Guna Yala.
El juicio oral fue celebrado los días 4, 5 y 9 de abril de 2018, donde el Tribunal de Juicio declaró culpable a Héctor Manuel Bonilla Baruco por el delito de homicidio agravado en perjuicio de Efraín Meza Bula (Q.E.P.D.) y Luis Carlos Hernández (Q.E.P.D.), ocurrido en el corregimiento de Nueva Providencia, en la provincia de Colón.
Los hechos ocurrieron el día 18 de abril de 2017, aproximadamente a las 4:00 p.m., cuando Héctor Manuel Bonilla Baruco a bordo de un vehículo tipo camioneta de color blanco se dirige hacia la residencia de Efraín Meza Bula, donde se encontraba con Luis Carlos Hernández, y les propina múltiples disparos con arma de fuego, causándoles la muerte.
Por otro lado, se le absolvió por el delito de Asociación Ilicita y Posesión y Tráfico de Armas y Explosivos.
En la audiencia el Fiscal Coordinador de la Sección de Homicidios y Femicidios de la provincia de Colón, Reynaldo Ceballos Góndola, logró probar más allá de toda duda razonable con pruebas testimoniales, periciales y documentales la responsabilidad penal de Héctor Manuel Bonilla Baruco, los hechos investigados.
El Tribunal de Juicio estuvo conformado por el licenciado Felipe Waisome (juez presidente), Manuel Quijada (juez relactor) y Yira Soto (tercer juez).
Q. Moreno.