La Fiscal de Circuito del Segundo Distrito Judicial Elizabeth Carrión, realizo el 23 de febrero de 2017, una audiencia de aprehensión, imputación y medida cautelar, denominada audiencia combo, a un ciudadano panameño de más de 80 años, por el delito de posesión ilícita de armas.
Al señor se le encontró el 26 de enero 2017, en su residencia en el distrito de Aguadulce, 30 armas, 9 proveedores y 940 municiones; de estas armas, 13 son aptas para disparar.
Recabado los elementos de convicción suficientes por la fiscalía se pudo acreditar la existencia del hecho punible y a vinculación del sindicado por lo cual la Fiscal ordenó la aprehensión y conducción del asociado.
En la audiencia de legalización de la aprehensión provisional el Juez de Garantías de la provincia de Coclé, luego de valorar los argumentos de la Fiscal y la Defensa, decretó su legalidad por considerar que se habían cumplido los presupuestos establecidos en el Código Procesal Penal, para tal disposición.
En la audiencia de Formulación de Imputación, se le imputó cargos al indiciado por su presunta vinculación en la comisión del delito de Posesión y Tráfico de Armas y Explosivos, en su modalidad agravada, (artículo 333, numeral 1 del Código Penal), por mantener en posesión más de cinco armas.
Y en la Audiencia de Solicitud de Imposición de Medidas Cautelares. Dado los peligros procesales y por la gravedad del hecho imputado, se solicitó la medida contemplada en el artículo 224, numeral 8 del Código Procesal Penal “La obligación de mantenerse en su propio domicilio”. Tal medida fue solicitada por razones humanitarias, ya que el imputado tiene más de 80 años.
Presentada la imputación correspondiente, la Jueza de Garantías ordenó a la Policía Nacional, el trasladarlo de dicho señor hacia su residencia, lugar donde cumplirá la medida cautelar. El término de investigación es de seis meses.
Elizabeth M.