A petición del Ministerio Público declaran morosidad de Odebrecht e imponen pago adicional por incumplimiento del pago
marzo 31, 2021

A petición del Ministerio Público, a través de la Fiscal Anticorrupción, el Juzgado de Cumplimiento declaró al concluir audiencia realizada este miércoles, 31 de marzo de 2021, la morosidad en los pagos anuales correspondientes a los años 2019 y 2020, imponiendo un recargo del 5% en concepto de morosidad sobre el monto adeudado por parte de las empresas Norberto Odebrecht S.A. y Norberto Odebrecht  Panamá S.A.

El Juez, Héctor Zarzabilla, estableció además la retención de los pagos pendientes por parte del Estado a dichas empresas a órdenes del Juzgado de Cumplimiento para su ingreso al Tesoro Nacional, por un total de  35 millones 48 mil 512 balboas,  en concepto de la morosidad más el 5% por el incumplimiento de los pagos anuales.

La Fiscal Superior Anilú Batista argumentó, con sustento en el artículo 514 del Código Procesal Penal, que las empresas sancionadas incumplieron los plazos fijados en la sentencia de 9 de julio de 2017, dictada por el Juzgado Duodécimo de Circuito de lo Penal, que contemplaba un término de 12 años para el pago de la sanción pecuniaria, establecidos a plazos anuales con vencimiento al 31 de diciembre de cada año y un monto adicional del 5% por el incumplimiento por el no pago en la fecha precisada.

Quizás también le interese leer

Le niegan cambio de medida cautelar a una persona por delitos sexuales

Le niegan cambio de medida cautelar a una persona por delitos sexuales

En audiencia de apelación solicitada por la defensa del acusado, se niega la solicitud de cambio de medida cautelar para una persona acusada por el delito de violación agravada en perjuicio de una menor de edad, una vez la Fiscalía Regional de Los Santos sustentara la...

Lo condenaron por posesión ilícita de arma de fuego

Lo condenaron por posesión ilícita de arma de fuego

Mediante lectura de sentencia, se dicta condena de 96 meses de prisión y una pena accesoria de prohibición de portar armas de fuego por el término de 60 meses, una vez cumplida la pena principal, para una persona acusada por el delito de posesión y tráfico de armas y...