Ante la petición realizada por la Procuraduría General de la Nación, a través de su Fiscalía Regional de Chiriquí, se consiguió que un tribunal de apelaciones, anulara la sentencia emitida por un tribunal de juicio y que se aumentara de 8 a 12 años la condena impuesta a un ciudadano como responsable de un delito sexual.
Durante un juicio oral celebrado en el mes de enero del 2026, a consideración del fiscal de la causa, en primera instancia, no tomaron en cuenta por parte de los jueces que emitieron la sentencia, puntos importantes que permitieran hacer una dosificación de pena acorde con los que establece la norma y en referencia al hecho y la víctima. Lo que generó que se promoviera recurso de anulación, por parte del Ministerio Público.
Valorados los argumentos presentados por el fiscal, un tribunal de apelaciones, modificó la pena, e impuso además como pena accesoria, tres años de inhabilitación para ejercer funciones en parvularios, parques, centros escolares o centros deportivos en donde se agrupen personas menores de edad.
Lo anterior está relacionado con un hecho penal suscitado el 14 de marzo del 2022, en la comunidad de Corotú, corregimiento Rodolfo Aguilar Delgado, en el distrito de Barú, cuando el cuerpo de la víctima una menor de edad, fue ubicado sin vida dentro de su residencia.
La Procuraduría General de la Nación reitera su compromiso de ejercer la acción penal ante los Tribunales de Justicia en los casos que corresponda, conforme a lo establecido por la Constitución y la Ley.



