El Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá emitió el 30 de junio de 2017, la Sentencia No.09, que condenó a Abraham Córdoba, a cumplir una pena de 28 años de prisión, como autor del delito de homicidio agravado, en perjuicio de Amílcar Gabriel Mejía (Q.E.P.D) y de su hermano que se encuentra desaparecido, como pena adicional se dictó la inhabilitación para ejercer funciones públicas por un lapso de diez años, luego de cumplir la pena de prisión.
Los hechos ocurrieron el 27 de enero de 2007, cuando Abraham Córdoba salió de la residencia de los hermanos Mejía, acompañado de estos, los cuales se subieron a un taxi color rojo que los esperaba, dirigiéndose al Centro Comercial La Doña, ubicado en Tocumen, donde iban a encontrarse con un presunto abogado.
La sentencia indica que la madre del victimario manifestó que su hijo Abraham Córdoba, pertenecía a una banda llamada “Bagdad” del corregimiento de El Chorrillo y que al día siguiente de la desaparición de los hermanos Mejía, su hijo la llamó y ella le preguntó por los jóvenes, el cual respondió que estaban bien, y que al momento de conversar con la madre de los jóvenes, este le refirió que los había mandado en un bus y si les había pasado algo, él no tenía la culpa de nada.
El Ministerio Público en su investigación concluyó que no cabía dudas que Abraham Córdoba fue la última persona que vio a los hermanos Mejía el día, hora y lugar donde ocurrieron los hechos.
Por su parte, el Ministerio Público a través de la Fiscalía, solicitó una sentencia condenatoria en contra del victimario, por el homicidio agravado de Abraham Córdoba y de su hermano que se encuentra hasta el momento desaparecido.
D. Domínguez.